Abogados especialistas en Accidentes de trabajo
Si usted sufrió un accidente de trabajo, o bien padece algún tipo de enfermedad laboral o profesional, podemos ayudarlo a recibir la indemnización que le corresponde por ley.
Se le asignará de inmediato un abogado experto en accidente laboral, en principio, para asesorarlo de forma personalizada y de ese modo evacuar sus dudas e inquietudes. Posteriormente, se lo representará en todos los niveles correspondientes, llevando el tema al terreno de la justicia, si esto fuera lo necesario, o bien gestionando su reclamo administrativo frente a la ART y las respectivas Comisiones Médicas.
Nuestra misión es ayudarlo a cobrar su indemnización por ART lo antes posible. Para lograr ese objetivo disponemos de un auténtico grupo de profesionales especializados en Derecho Laboral, perfectamente capacitado para reclamar por su accidente de trabajo y obtener una indemnización de forma inmediata.
Derechos del trabajador
- Trabajar en un ambiente sano y seguro.
- Conocer los riesgos que puede tener su trabajo.
- Recibir información y capacitación sobre cómo prevenir accidentes o enfermedades profesionales.
- Recibir los elementos de protección personal según su trabajo.
- Estar cubierto por una ART a través de la afiliación de su empleador.
- Conocer cuál es su ART.
- Si su empleador no tiene ART, o no lo ha declarado como empleado ante la misma, tiene derecho a denunciarlo ante la SRT para intimarlo a que se afilie o lo declare.
Si sufrió un accidente o enfermedad laboral tiene derecho a:
- Conocer la ubicación de los centros de atención médica habilitados para atenderlo.
- Dirigirse a su empleador, ART o centro médico habilitado, para solicitar atención médica.
- Recibir de la ART en forma inmediata, la asistencia médica, farmacológica, prótesis, ortopedia y rehabilitación hasta su curación completa o mientras duren los síntomas.
- Ser trasladado a los centros asistenciales mientras dure su tratamiento cuando el médico tratante así lo indique por escrito en la historia clínica.
- Recibir de su ART los pagos mensuales -prestaciones dinerarias por Incapacidad Laboral Temporaria (ILT)- mientras no pueda trabajar, por el tiempo que corresponda (hasta el alta médica o por un período máximo de un año calendario, pudiéndose fijar un nuevo período de transitoriedad hasta un máximo de 12 meses, para aquellos casos en que no se pueda determinar con certeza la incapacidad definitiva) y una indemnización (en caso de existir una secuela permanente). Recibir de su ART la recalificación nece-saria para otra tarea en caso de no poder continuar con la que realizaba.
- Si su empleador no tiene ART, en caso de accidente o enfermedad profesional, debe responder directamente, otorgándole las prestaciones médicas y dinerarias correspondientes. Si el empleador no dispone de patrimonio suficiente para ello (lo cual deberá probarse judicialmente), las prestaciones serán financiadas por la SRT a través del Fondo de Garantía previsto en la Ley de Riesgos del Trabajo.
“EL PLAZO PARA RECLAMAR ES DE 2 AÑOS. RECLAME SIN GASTOS NI ADELANTOS!
EL RECLAMO ES CONTRA LA ART, NO CONTRA TU EMPLEADOR, POR LO QUE NO TENDRÁS INCONVENIENTES EN EL TRABAJO”
SERVICIO DE TRASLADO GRATUITO
Te ofrecemos la posibilidad de trasladarte en Remis hacia el estudio SIN CARGO
Preguntas Frecuentes
¿Que son las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART)?
Son empresas privadas contratadas por los empleadores.
La ART es la encargada de brindar todas las prestaciones médicas y dinerarias previstas por la ley, siempre que reciba una denuncia tanto de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional.
¿Qué cubren las Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART)?
Las contingencias cubiertas por la ART, es decir los considerados infortunios laborales son los accidentes de trabajo (tanto los ocurridos en ocasión de prestar tareas y como los llamados in itíneres) y las enfermedades profesionales.
¿Qué debo hacer en caso de accidente o enfermedad profesional?
Debe informar el hecho ante su empleador, quien tiene la obligación de comunicar el accidente o enfermedad a la ART.
Si no la realiza su empleador, llamenos así lo asesoramos para realizarla correctamente.
Es importante destacar que la ART tiene la obligación de recibir toda denuncia de accidente o enfermedad profesional.
Siempre consulte con un abogado especialista en Accidente de Trabajo, así evitará errores en como encarar el proceso. No dude en contactarnos
¿El reclamo puede perjudicar mi continuidad laboral?
El reclamo es contra la aseguradora de riesgos de trabajo ART, que es el seguro contratado por el empleador para que cubra las prestaciones médicas o dinerarias que pudiera necesitar el trabajador.
¿Qué debe hacer la ART a partir de la recepción de la denuncia?
La ART debe tomar los recaudos necesarios para otorgar en forma inmediata todas las prestaciones médicas y dinerarias a su cargo. Adicionalmente, debe facilitarle el traslado hacia y desde el prestador médico.
¿Puede la ART rechazar un accidente o enfermedad profesional?
A partir de la recepción de la denuncia, la ART tiene un plazo de 10 días hábiles para rechazar el accidente o enfermedad profesional, pudiendo extender este plazo por otros 10 días hábiles, siempre que le notifique que hará uso de esta ampliación del plazo.
Si le rechazaron su accidente o enfermedad laboral, consúltenos.
En ese caso, deberemos presentarnos ante la Comisión Médica para iniciar el Trámite por Rechazo de la denuncia de la contingencia.
¿Qué debe hacer la ART a partir de la recepción de la denuncia?
Luego de otorgado el tratamiento correspondiente, el médico de la ART le otorgará el alta. El alta debe ser otorgada por escrito y notificada al trabajador.
Al ser otorgada el alta el trabajador deberá presentarse ante su empleador para reiniciar la actividad laboral.
¿Qué debo hacer si no estoy de acuerdo con el Alta Médica?
En el supuesto de estar en desacuerdo con el alta otorgada debe informar a su empleador para que este solicite un reingreso a la ART, o bien solicitar directamente el reingreso a la ART con la asesoría del Estudio PREVIART
Enfermedad Profesional
Es la producida por causa del lugar o del tipo de trabajo. A lo largo del vínculo laboral el trabajador puede comenzar a sufrir dolores que se intensifican con el tiempo. Estos dolores son provocados por el tipo de trabajo que realiza.
Las causas de las enfermedades profesionales son: por posiciones forzadas de la columna, por hacer fuerza indebida, por falta de elementos de protección .
Estas lesiones pueden tornarse crónicas y seguir agravándose si no se denuncian a tiempo ante la ART.
Entre las patologías más recurrentes, se encuentran: las hernias discales , la inflamación de los tendones (tendinitis), problemas en el hombro (manguito rotador), y la pérdida de la audición.
También están las enfermedades causadas por el uso excesivo de la voz (docentes).